Registro Sanitario
Cualquier operador de la cadena alimentaria, requiere un Registro Sanitario para ejercer la actividad. Este Registro aplica a mayoristas y minoristas, en toda la cadena alimentaria.
¿Qué es el Registro Sanitario?
El Registro General Sanitario de Empresas de Alimentarias y Alimentos, se gestiona a través de la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutriciónd (AESAN), y su finalidad es la protección de la salud pública y de los intereses de los consumidores, facilitando el control oficial de las empresas, establecimientos y productos sometidos a inscripción
¿Qué es la autorización sanitaria?
Determinados operadores alimentarios (fundamentalmente aquellos que manipulan Productos de Origen Animal) requieren una autorización previa al inicio de la actividad, por lo que la fabricación en esta tipología de empresas está supeditada al visto bueno de la administración, mediante inspección previa.
Beneficios del Registro Sanitario
- Permite a la empresa comercializar sus productos de alimentación al tener un registro oficial, sometido a controles periódicos por la autoridad sanitaria competente.
- Tiene carácter nacional y se incluyen los datos de los registros gestionados por los órganos competentes de las comunidades autónomas.
- Tiene carácter público e informativo por lo que cualquier cliente puede comprobarlo a través de la web de AECOSAN.
El Registro Sanitario también es obligatorio en establecimientos minoristas de venta de alimentos (restaurantes, supermercados, comedores, carnicerías…).
Quién debe solicitar un Registro Sanitario
Establecimientos en territorio español que cumplan las siguientes condiciones:
- Que su actividad tenga por objeto una o varias de las siguientes opciones:
- Alimentos destinados a consumo humano.
- Materiales y objetos destinados a estar en contacto con el alimento.
- Coadyuvantes tecnológicos utilizados para la elaboración de alimentos.
- Que se dedique a una o varias de las siguientes categorías:
- Producción, transformación, elaboración y/o envasado.
- Almacenamiento y/o distribución y/o transporte.
- Importación de productos procedentes de países no pertenecientes a la Unión Europea.
- Que no se entregue o sirva a consumidor final.
- Que la sede del establecimiento o la sede social de la empresa se localice en España.
Todos los establecimientos de comercio al por menor deberán inscribirse en los registros de las autoridades competentes de las comunidades autónomas establecidos al efecto.
Requisitos
Presentar la solicitud sanitaria correspondiente y tener implantado un programa de autocontrol basado en el APPCC (Análisis de Peligros y Control de Puntos Críticos). Aqui puedes consultar todos los requisitos del registro sanitario
Cómo trabajamos
En TRAZA nos encargamos de recoger toda la información necesaria para la solicitud del Registro y la implantación del programa de autocontrol APPCC adaptado a la empresa solicitante. Posteriormente, se realiza un seguimiento periódico de las inspecciones de la autoridad competente y del mantenimiento del programa de autocontrol APPCC (Análisis de Peligros y Puntos de Control Crítico ) con el fin de que la empresa mantenga en todo momento los estándares de calidad higiénico-sanitaria que le aplican.
Cuánto se tarda en obtener el Registro Sanitario
Dependiendo de la actividad, una vez solicitado el registro sanitario, los inspectores de sanidad giran visita de comprobación. Esta visita suele producirse en una o dos semanas. Una vez comprobadas las instalaciones y la documentación sanitaria, y subsanadas las incidencias observadas en su caso, se propone la inscripción oficial en el registro sanitario, pasando la documentación a Madrid a la AESAN, donde quedará inscrito en unas 2-3 semanas.
Realizamos el registro sanitario en Madrid, Valencia, Barcelona , Sevilla, Zaragoza, Málaga
Registro Sanitario: precio
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