Legislación sobre la leche y los productos lácteos, cómo etiquetar correctamente

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20/01/2020
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En España existe la obligación de indicar en la etiqueta el país de procedencia y el país en el que se ha obtenido la leche, los productos lácteos como el queso y los yogures y cualquier otro alimento en el que el porcentaje en peso de leche como materia prima sea superior al 50 %.

Este etiquetado de los productos lácteos refuerza la trazabilidad exigida por la Comunidad Europea, pero tiene otra finalidad adicional.

El etiquetado de los productos lácteos desde el 2019

La legislación relativa a la leche y los productos lácteos dio un salto de gigante con el Real Decreto 1181/2018.

Redactada en el 2018 y en vigor desde el 22 de enero del pasado 2019, la normativa de productos lácteos afecta a todo tipo de leche de animales de abasto (vaca, cabra, oveja) y sus derivados. No obstante, pese a tratarse de una normativa que ya es de obligado cumplimiento, se ha concedido un plazo de dos años para permitir a todos los fabricantes y artesanos adaptar su etiquetado conforme indica la ley.

Los productos fabricados antes de la fecha del 22 de enero del 2019 no se verán afectados por este Real Decreto.

Cabe preguntarse por qué, si no hablamos de un dictado de la UE, se ha adoptado esta medida en España, pues no deja de ser algo engorroso. La respuesta es por petición reiterada durante años de productos de leche y sus derivados.

Por un lado, el consumidor español desea comprar productos lácteos nacionales si tiene la oportunidad, pues le ofrecen una confianza adicional. Por otro, en España se importa tres veces más leche y productos lácteos de lo que se venden y se espera que esta medida del etiquetado ayude a un sector bastante castigado.

¿Cómo son las nuevas etiquetas de los productos lácteos y de la leche?

Hablamos de un etiquetado sencillo, con información fácil de localizar. En realidad, al consumidor no le van a suponer trastorno, al contrario, facilitarán la compra.

El país de origen y procesado de las materias primas o del alimento elaborado se deben indicar en la etiqueta del producto con la misma tipografía y tamaño de fuente que los ingredientes y el resto de la información relevante.

También se permite añadir, si el productor lo desea, información adicional sobre la región del país del que procede la materia prima, de manera parecida a como se hace con las denominaciones de origen de los quesos y de otros alimentos, pero sin necesidad de contar con un reconocimiento oficial. Por ejemplo, se puede indicar en el nuevo etiquetado que un queso ha sido elaborado en España, con leche de oveja, vaca o mezcla ordeñada también en el país, y añadir que se trata de un queso elaborado en una comunidad autónoma o provincia determinada.

Cuando no hay más información que “Producto elaborado en España” u “Origen de la leche: España” se sobreentiende que se hace referencia al ordeñado de los animales y al proceso al que se haya sometido al alimento.

 

Nata, lactosueros, mantequillas, quesos o requesón, yogures y otros productos lácteos irán acompañados de información complementaria de interés para el consumidor, pero también para los productores.

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Vicente de Pablos es Licenciado y Doctor en Veterinaria y Licenciado en Ciencia y Tecnología de los Alimentos.
Profesional especializado en el ámbito de la Seguridad Alimentaria y la Salud Pública