CONDICIONES GENERALES PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS POR GRUPO TRAZA SERVICIOS INTEGRALES, S.L.

 

Revisión 18 de noviembre de 2024

 

  1. Definiciones

 

  • Autoridad Pública: Persona física o jurídica de naturaleza pública, con poder suficiente para imponer o levantar sanciones, de cualquier clase que sean éstas, conceder o denegar autorizaciones, licencias, subvenciones o ayudas, o imponer o eximir de obligaciones, de cualquier clase que sean éstas, al Cliente, estando éste jurídicamente obligado por tales

 

  • Causa de Fuerza Mayor. Sucesos imprevisibles o que, siendo previsibles, fueran inevitables; tales como, sin carácter limitativo, incendio, inundación, escasez o indisponibilidad de combustible o energía eléctrica, accidente, bloqueo, o disposición

 

No se considerarán causas de fuerza mayor aquellas circunstancias que podrían haberse previsto, que fueran debidas a falta de mantenimiento, incluyendo el concurso, la suspensión de la actividad por causas internas y/o organizativas, y cualquier otra originada por un caso fortuito. –

 

  • Cliente. Persona física o jurídica que se dedica a actividades para las cuales es necesaria la prestación de todos o algunos de los Servicios y que ha llegado a un acuerdo con Traza para que ésta le preste los Servicios determinados en las Condiciones Particulares, con sujeción a tales Condiciones Particulares y a estas Condiciones

 

  • Condiciones Generales. El presente documento de Condiciones Generales para la prestación de los Servicios por parte de

 

  • Condiciones Particulares. El documento que recoge los acuerdos alcanzados por las Partes para una concreta prestación de

 

  • Contrato. El conjunto de documentos que vinculan a las Partes, en relación con una concreta prestación de Servicios, y que estará integrado necesariamente por:

 

  • Las presentes Condiciones

 

  • Las Condiciones Particulares que se pacten entre las

 

  • Los Anexos a las Condiciones Generales y a las Condiciones

 

Cualesquiera términos o condiciones distintos de los establecidos en las Condiciones Generales o en las Condiciones Particulares no serán de aplicación a la prestación de los Servicios.

 

  • Datos de Carácter Personal. Cualquier información concerniente a personas físicas identificadas o identificables.

 

  • Especificaciones Técnicas: Criterios técnicos y científicos utilizados por Traza en la prestación de los

 

  • Incidencia. Situaciones de hecho identificadas en los productos, procedimientos o procesos internos e instalaciones del Cliente que muestran no conformidad o incumplimiento de los estándares de calidad exigibles según los criterios de En caso de que tales criterios estén vinculados o coincidan con criterios legales de obligado cumplimiento, esta circunstancia podrá especificarse en el documento de Condiciones Particulares.

 

En su caso, las Incidencias se clasificarán por áreas de trabajo del Cliente y, dentro de cada una de ellas, en función de los siguientes criterios:

 

  • Limpieza (L).

 

  • Mantenimiento (M).

 

  • Análisis de peligros y puntos de control crítico (APPCC).

 

  • Buenas prácticas de manipulación (BPM)

 

  • Información Confidencial. Cualquier información, verbal o escrita, en cualquier soporte, que una Parte o sus asesores o empleados conozcan de la otra Parte con ocasión de la celebración y ejecución del Contrato o los tratos preliminares a éste, así como cualquier análisis, compilación, estudio o cualquier documento preparado o que contenga o refleje la referida información.

 

No se considerará Información Confidencial la información que:

 

  1. en el momento de su entrega o revelación o posteriormente esté a disposición general y pertenezca al dominio público (salvo como consecuencia de una revelación que suponga una violación del Contrato o de cualquier otra obligación de confidencialidad que vincule a las Partes);

 

  1. pueda acreditarse que ya se conocía previamente, siempre que fuera conocida a través de fuentes legítimas de información distintas de la otra Parte; o

 

  • las Partes convengan de mutuo acuerdo por escrito que no tendrá dicho carácter.

 

 

 

  • Informe. Comunicación escrita u oral en la que Traza expondrá al Cliente los resultados de las actuaciones de revisión y control aplicadas, identificando las Incidencias encontradas en los productos, los procedimientos o procesos internos y las instalaciones del Cliente, y las Medidas Correctoras propuestas, así como los resultados de los estudios y análisis llevados a cabo sobre las Muestras de Productos del Cliente

 

En las Condiciones Particulares se determinará el carácter escrito u oral de los Informes, o la posibilidad de Informes con uno u otro carácter, a criterio de Traza o de común acuerdo con el Cliente.

 

  • Ley de Condiciones Generales de la Contratación. Ley 7/1998, de 13 de abril, sobre condiciones generales de la contratación.

 

  • LOPD. Ley Orgánica de protección de datos de carácter

 

  • Medida Correctora. Actuaciones y medidas cuya implantación se recomienda por Traza al Cliente para la corrección de las Incidencias y consiguiente conformidad o cumplimiento de los productos, procedimientos o procesos internos e instalaciones del Cliente con los estándares de calidad de Traza, o para la mejora en la calidad de tales productos, procedimientos o procesos internos e instalaciones del

 

  • Medios Informáticos: Elementos de software y hardware que se utilizan para el almacenamiento, tratamiento, procesamiento y comunicación de información digitalizada, con independencia de su ubicación en soportes propios o ajenos, físicos o

 

  • Muestra de Producto. Producto o partes de un producto del Cliente, tomada por Traza para su análisis y estudio.

 

  • Partes. Traza y el Cada una de ellas, individualmente, una “Parte”.

 

  • Traza. GRUPO TRAZA SERVICIOS INTEGRALES L., sociedad de nacionalidad española, con domicilio en calle Mayor, número 55, Polígono Industrial Camposol, Fase II, 30.006, Murcia, y CIF número B-73.352.270

 

Traza es una sociedad mercantil dedicada a la prestación de servicios de consultoría, asesoramiento y auditoría a empresas que requieren la implantación y seguimiento de sistemas de control que garanticen la seguridad y la salud pública, así como, especialmente, la higiene alimentaria, para lo cual cuenta con un equipo multidisciplinar con más de 13 años de experiencia profesional. Asimismo, también presta servicios de formación en manipulación de alimentos, y de asesoría en relación con la implantación de medidas correctoras impuestas por Autoridades Públicas.

 

Traza dispone de:

 

  1. Número de registro A/045 como laboratorio autorizado de salud pública y agroalimentario; y

 

  1. Certificación según normas internacionales ISO 9001:2015 con alcance para consultoría y auditoría de sistemas de calidad, seguridad alimentaria, estudios nutricionales y sanidad ambiental, laboratorio de análisis de alimentos y aguas, así como gestión e impartición de cursos de formación a empresas del sector

 

  • TRAZA dispone de un laboratorio con competencia técnica para la realización de ensayos de productos agroalimentarios

 

  1. TRAZA es un laboratorio de control oficial de productos alimenticios según el Reglamento (UE) 2017/625 del parlamento europeo y del Consejo relativo a los controles y otras actividades oficiales realizados para garantizar la aplicación de la legislación sobre alimentos y piensos, y de las normas sobre salud y bienestar de los animales, sanidad vegetal y productos fitosanitarios

 

  • RD 1720/2007. Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter

 

  • Servicios. A los efectos del Contrato, los servicios que las Partes determinen en el correspondiente documento de Condiciones

 

Las Partes establecerán en las Condiciones Particulares los concretos Servicios que se prestarán por Traza al Cliente, que podrán ser, con carácter enunciativo y no limitativo, todos o algunos de los establecidos en la cláusula 3 de estas Condiciones Generales.

 

Con la prestación al Cliente de los Servicios, Traza pretende valorar todos los aspectos de relevancia sanitaria que intervienen en la seguridad alimentaria y la salud púbica en relación con la actividad del Cliente, incluyendo tanto aquellos que marca la ley como aquellos otros que, aun no exigidos por la ley, se consideran de interés para la mejora del Cliente.

 

2.          Ámbito de aplicación

 

  • La prestación de los Servicios por parte de Traza al Cliente se regirá por los términos y condiciones del

 

  • En caso de contradicción entre las Condiciones Generales y las Condiciones Particulares, prevalecerán las segundas sobre las

 

  • De conformidad con lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley de Condiciones Generales de la Contratación, una vez aceptadas y firmadas por el Cliente, las Condiciones Generales formarán parte integral del Contrato a todos los efectos.

 

  • La posible declaración, por órgano judicial o administrativo, de ilegalidad, nulidad, invalidez o inexigibilidad de una o más cláusulas del Contrato o de parte de las mismas, no acarreará la ilegalidad, nulidad, invalidez o inexigibilidad de las demás cláusulas ni de las restantes partes de las mismas, las cuales permanecerán plenamente válidas en todo aquello que proceda, todo ello siempre que las cláusulas o parte de las mismas declaradas ilegales, nulas, inválidas o inexigible no sean Las cláusulas o partes de las mismas declaradas ilegales, nulas, inválidas o no exigibles se entenderán eliminadas del Contrato o no aplicables en esa circunstancia, según los casos, y las Partes negociarán de buena fe su sustitución y las medidas que se adecúen en mayor medida a la finalidad pretendida por las mismas.

 

  • Traza se reserva el derecho a modificar las presentes Condiciones Generales, en cuyo caso enviará al Cliente un ejemplar de las Condiciones Generales modificadas, con una antelación mínima de cinco (5) días a la fecha de efectos de las

 

Si el Cliente no comunica a Traza su oposición a las modificaciones antes de la fecha de efectos de las mismas, quedará sometido a ellas en los mismos términos en que lo estaba al Contrato antes de la introducción de aquéllas.

 

En caso de oposición del Cliente a las modificaciones, Traza podrá resolver el Contrato, sin penalización alguna y sin que el Cliente pueda reclamarle nada por ello.

 

  • El Cliente declara expresamente conocer, entender, aceptar y suscribir las Condiciones Generales y las Condiciones Particulares del Contrato, así como los Anexos a unas y otras, en todos sus extremos y con todo su

 

3.          Servicios

 

  • Los Servicios concretos que Traza se obliga a prestar al Cliente se determinarán en el documento de Condiciones Particulares, y consistirán, con carácter enunciativo y no limitativo, en todas o algunas de las siguientes actuaciones:

 

  • Examen y revisión del sistema de análisis de peligros y puntos de control crítico APPCC del

 

  • Comprobación de la conformidad o cumplimiento por parte del Cliente de los requisitos higiénico-sanitarios en sus instalaciones, según reglamentación técnico-sanitaria y de conformidad con los criterios técnicos de Traza, que serán comunicados por ésta al

 

  • Implantación y seguimiento de los siguientes prerrequisitos o requisitos previos de higiene de establecimientos con manipulación de alimentos:

 

  • Plan de formación de

 

Traza colaborará con el Cliente, haciendo las gestiones oportunas, a los efectos de que el personal del Cliente reciba los cursos subvencionados de formación continuada de manipuladores necesarios para el desempeño de sus puestos de trabajo. No obstante, Traza no se responsabiliza del éxito de tales gestiones, ni, por consiguiente, de que el personal del Cliente finalmente reciba los cursos subvencionados referidos.

 

Traza impartirá los cursos de formación de manipuladores de alimentos cuando así se acuerde con el Cliente, determinándose esta circunstancia en las Condiciones Particulares, con sujeción a lo dispuesto en la cláusula 12 de estas Condiciones Generales.

 

  • Plan de

 

  • Plan de limpieza, desinfección y eliminación de residuos

 

  • Plan de lucha contra plagas (auditoría y revisión de las actuaciones realizadas por la empresa de control de plagas)

 

  • Plan de control de aguas

 

  • Plan de control de proveedores

 

  • Plan de control de trazabilidad

 

  • Implantación y seguimiento de un sistema de análisis de peligros y puntos de control crítico APPCC, de conformidad con el Real Decreto 640/2006, de 26 de mayo, por el que se regulan determinadas condiciones de aplicación de las disposiciones comunitarias en materia de higiene, de la producción y comercialización de los productos alimenticios.

 

  • Análisis de Muestras de Producto del Cliente e interpretación de los resultados de los análisis, con indicación de las Medidas Correctoras, en su

 

Los resultados de los análisis que se efectúen se trasladarán al Cliente en el Informe verbal o escrito que se comunique a éste.

 

En los análisis se estudiarán las características y parámetros de las Muestras de Producto que se recogen en el documento de control de muestreos y análisis o en las condiciones particulares de contratación.

 

  • Asesoramiento al Cliente en la implantación de las medidas correctoras o de otro tipo impuestas por una Autoridad Pública.

 

  • Servicio de obtención de Registro Sanitario/Autorización sanitaria en Clientes que deban iniciarlo o

 

El presente servicio implica la presentación de la documentación sanitaria correspondiente por parte de Traza a la Administración Sanitaria en un plazo de un mes, siempre y cuando Traza haya recibido toda la información necesaria solicitada al Cliente.

 

La actual gestión telemática para este tipo de trámites conlleva comunicar un email de contacto para recibir las notificaciones electrónicas. Se recomienda utilizar dominios del tipo .com/.es/.net

 

El email del Cliente comunicado a la Administración deberá ser verificado por el Cliente de forma periódica, con el fin de comprobar si ha recibido alguna notificación y lo deberá comunicar a Traza para que confirme la correcta recepción de la solicitud realizada y, en su caso, pueda ayudar a subsanar las incidencias indicadas.

 

Una vez presentada la documentación sanitaria vía telemática a la Administración Sanitaria, debe responder en un plazo máximo de 90 días para el caso de la solicitud de registro sanitario. En el caso de que la tramitación por parte de la Administración no cumpla sus plazos, Traza no podrá hacerse responsable de dicho retraso.

 

  • Para Clientes de Contrato, que soliciten análisis o trabajos puntuales fuera de su contrato general, no será necesario hacer oferta Será suficiente con la que quede reflejo escrito por email o que firme la hoja de muestreo correspondiente para la aceptación formal, donde se entiende que el Cliente conoce el alcance de la acreditación de ENAC consultando en el enlace de la página web señalado en la hoja de muestreo. Igualmente se aplicará esta sistemática para aquellos Clientes puntuales que no tienen contrato general y que de forma ocasional soliciten un control analítico.

 

  • Otros.

 

 

 

4.          Prestación de los Servicios.

 

  • Traza se compromete a prestar al Cliente los Servicios especificados en el documento de Condiciones Particulares, de la forma más eficiente posible, procurando organizar de forma óptima sus medios materiales y humanos de cara a asegurar un nivel de calidad adecuado de los Para ello se obliga a designar a personal altamente cualificado, con experiencia y en número suficiente y adecuado, destinando los medios y recursos materiales que resulten necesarios para la prestación de los Servicios.

 

  • Traza prestará los Servicios, con independencia del lugar de prestación de los mismos, en régimen de autonomía e independencia respecto del Cliente, con material y personal propios, sin perjuicio de la colaboración necesaria por parte del Cliente en los términos previstos en las cláusulas 5 y 4.7 siguientes.

 

  • El personal asignado por Traza para la prestación de los Servicios dependerá laboralmente de ésta, quien asume totalmente la dirección, coordinación y organización del mismo (alta en la Seguridad Social, abono de salarios, cotizaciones a la Seguridad Social, formación, ), quedando el Cliente al margen de eventuales conflictos entre Traza y sus trabajadores. Por motivo de eficiencia, los trabajos de muestreo de alimentos podrán ser realizados por personal subcontratado asumiendo Traza totalmente la coordinación, obligaciones y organización de dichos trabajos.

 

  • Por su parte, el Cliente pondrá a disposición de Traza, a requerimiento de ésta, toda la información, documentación y asistencia que resulte necesaria para la prestación de los Servicios, colaborando con Traza en la medida en que ésta le En particular, el Cliente:

 

  • Facilitará el acceso a sus instalaciones, en los términos previstos en la cláusula 8

 

  • Permitirá la toma de Muestras de Producto, en los términos previstos en la cláusula 11

 

  • Facilitará la  revisión  de  sus  instalaciones,  procedimientos  o  procesos internos, en los términos previstos en la cláusula 10

 

  • Realizará cualesquiera otras tareas necesarias para la prestación de los Servicios, sin imponer trabas o impedimentos injustificados a

 

  • El Cliente es plenamente responsable de la información y documentación que ponga a disposición o entregue a Traza y garantiza expresamente la veracidad, exactitud y vigencia de la En consecuencia, el Cliente será responsable de los daños o perjuicios, materiales o personales, que se le ocasionen a Traza como consecuencia de la no veracidad, no exactitud o no vigencia de la referida información y documentación, comprometiéndose a mantener indemne a Traza por las indemnizaciones que ésta deba satisfacer por tales conceptos.

 

  • Por su parte, la prestación de los Servicios será dirigida y coordinada por el/los empleado/s de Traza que se indique/n en las Condiciones Particulares, de los servicios relacionados o de entre el personal contratado de Traza en cada momento, siempre que cumpla con las condiciones necesarias para la prestación de los Servicios, de conformidad con el

 

  • En aras de una adecuada prestación de los Servicios, Traza y el Cliente se obligan recíprocamente a prestarse todo el auxilio y colaboración que sean necesarios, así como a intercambiar cuantos documentos e información se requiera en cada Asimismo, ambas Partes se comprometen a actuar dentro de los límites de la buena fe, y a respetar el secreto profesional y el deber de confidencialidad que les incumben.

 

 

 

5.          Especificaciones Técnicas de los Servicios

 

  • Además de lo señalado en el Contrato, se aplicarán las Especificaciones Técnicas de Traza, que el Cliente podrá solicitar en cualquier momento a aquél.

 

6.          Informe

 

  • Los Informes de Traza, orales o escritos, comunicados al Cliente no tendrán en ningún caso la consideración de certificaciones de conformidad o cumplimiento de normas, por lo que no acreditarán ante ninguna autoridad, pública o privada, la conformidad o cumplimiento, por los productos, procedimientos o procesos internos e instalaciones del Cliente, de normas nacionales o internacionales, públicas o Por lo tanto, tales Informes tendrán la consideración de simples opiniones o recomendaciones de Traza, dirigidas exclusivamente al Cliente, y referidas a los productos, procedimientos o procesos internos e instalaciones revisadas, en el momento de su revisión.

 

  • En tal sentido, se entienden excluidos del contenido del Informe:

 

  • Productos no examinados, aunque pertenezcan a la misma especie y género que los En este sentido, el Informe no constituye prueba ni establece la presunción de que los productos no examinados, aunque sean de la misma especie y género que los examinados, tienen las mismas características que en el Informe se asignan a los examinados.

 

  • Procedimientos o procesos internos e instalaciones examinadas, en un momento distinto al de su revisión. En este sentido, el Informe no constituye prueba ni establece la presunción de que los procedimientos o procesos internos e instalaciones examinadas se encuentren en todo momento en las mismas condiciones que cuando fueron examinados.

 

  • Procedimientos o procesos internos e instalaciones no

 

  • Por todo lo anterior, las responsabilidades de cualquier clase que pudieran derivarse de la no conformidad o incumplimiento por parte de los productos, procedimientos o procesos internos e instalaciones del Cliente, de normas nacionales o internacionales, públicas o privadas, serán de cuenta del Asimismo, serán de la exclusiva responsabilidad de éste cualesquiera daños o perjuicios, personales o materiales, que pudieran producirse a terceros con origen en los productos, procedimientos o procesos internos e instalaciones del Cliente.

 

  • Asimismo, es de la exclusiva responsabilidad del Cliente la solicitud y obtención de los permisos, legalizaciones, autorizaciones, licencias, y cualesquiera otra clase de documentos precisos para el desarrollo de su actividad, sin perjuicio de la colaboración de Traza en la solicitud y obtención de los En cualquier caso, las cantidades que deban satisfacerse por la solicitud y obtención de los referidos documentos serán de cuenta del Cliente.

 

  • El Cliente se compromete a no exigir a Traza información distinta o adicional a la que Traza incluya en el Informe verbal o escrito que le

 

  • Traza se compromete a hacer las aclaraciones necesarias al Cliente sobre el contenido del Informe que le sea comunicado por Traza, siempre que se trate de dudas razonables y susceptibles de responderse por Traza, teniendo en cuenta las actuaciones llevadas a cabo en la prestación de los

 

  • En cualquier caso, Traza no será responsable de la conformidad o no conformidad del Cliente con el contenido del Informe que le sea comunicado por Traza, o con el sentido de los pronunciamientos de ésta incluidos en el

 

  • Traza no será responsable de las acciones u omisiones de terceros, de cualquier clase que sean éstas, incluidas, a título enunciativo y no limitativo, la negativa a contratar o la resolución de contratos, motivadas por el contenido o sentido de/los Informe/s que comunique al

 

  • El Cliente se obliga a mantener indemne a Traza ante cualesquiera reclamaciones que se interpongan ante ésta como consecuencia de acciones u omisiones, de cualquier clase, incluidas, a título enunciativo y no limitativo, la negativa a contratar o la resolución de contratos, llevadas a cabo por el Cliente con base en el contenido o sentido de/los Informe/s que Traza le haya

 

7.          Condiciones pecuniarias

 

  • El precio a pagar por el Cliente a Traza por la prestación de los Servicios vendrá especificado en las Condiciones

 

  • Dicho precio se verá incrementado según aumente el IPC anual

 

  • Todos los pagos previstos en el Contrato deberán realizarse de forma íntegra y sin minorarse por razón de compensación de saldos ni demanda reconvencional, salvo por las deducciones o retenciones que exija la ley.

 

  • El pago por el Cliente de las cantidades debidas a Traza en virtud del Contrato supone un reconocimiento de su conformidad con los Servicios

 

  • Si el Cliente solicita a Traza la prestación de servicios distintos de los contemplados en las Condiciones Particulares, pero directa o indirectamente relacionados con estos o que sean consecuencia natural de los mismos, las Partes deberán acordar el precio de los nuevos servicios antes de su prestación por Traza, de modo que les resulte de aplicación el resto del

 

  • Si el Cliente solicita a Traza la prestación de servicios distintos de los contemplados en las Condiciones Particulares y de los relacionados en la cláusula 5 anterior, las Partes deberán suscribir un nuevo Contrato.

 

  • El precio deberá pagarse por el Cliente a Traza mediante transferencia domiciliada a la cuenta facilitada por Traza o a través de talón o pagaré. Para ello, Traza emitirá y entregará al Cliente la factura correspondiente dentro de los [10] primeros días de cada mes de duración del En la factura se indicará, la información relativa al contrato.

 

  • Si alguna de las cantidades previstas en el Contrato fuera impagada en la fecha de su vencimiento, se devengarán automáticamente intereses sobre la misma desde la fecha de dicho vencimiento hasta la fecha en que se realice el pago, sin necesidad de previa intimación o notificación por la Parte El tipo anual de interés aplicable en tal caso será igual al tipo de interés legal del dinero.

 

8.          Acceso a las instalaciones del Cliente

 

  • Siempre que ello fuere necesario o se indique en el Contrato, Traza accederá a las instalaciones del Cliente, a efectos de hacer posible una adecuada prestación de los A estos efectos, el Cliente permitirá el acceso a sus instalaciones a Traza.

 

  • La negativa del Cliente a permitir el acceso a sus instalaciones por parte de Traza, y la consiguiente imposibilidad o dificultad para ésta en la prestación de los Servicios, no implicará reducción alguna del precio del Contrato, siendo de la exclusiva cuenta del Cliente las consecuencias que se deriven para la prestación de los Servicios de la negativa de

 

  • Traza deberá preavisar al Cliente con una antelación mínima de [5] días a la fecha de acceso prevista, indicando el tiempo de estancia en las instalaciones del Cliente previsto, así como las tareas a realizar y las personas que las realizarán y por tanto accederán a las instalaciones del

 

  • El personal de Traza habrá de ir en todo momento acompañado de las personas designadas por el Cliente a tales

 

  • Dentro de las instalaciones del Cliente, y sin perjuicio de que la dirección de su personal corresponde a Traza, en los términos previstos en la cláusula 4 anterior, el personal de Traza deberá cumplir con las normas internas de organización y funcionamiento del Cliente, desarrollando su labor de modo que, en la medida de lo posible, no se interrumpan o perjudiquen los procesos productivos del En este sentido, el Cliente deberá informar adecuadamente a Traza y al Personal de ésta que vaya a acceder a sus instalaciones, con carácter previo al acceso y con una antelación mínima de 5 días a la fecha de acceso prevista, de las referidas normas internas de organización y funcionamiento, así como de las precauciones que deben adoptarse por Traza y su personal, garantizando la seguridad de éste durante toda su estancia en las instalaciones del Cliente y siendo de su cuenta las medidas de seguridad necesarias a estos efectos.

 

  • Efectuados los accesos que las Partes estimen necesarios y, en todo caso, los que hubieran sido previstos expresamente en las Condiciones Particulares, se comunicará al Cliente el Informe correspondiente, con los resultados de la auditoría, estudio y análisis que haya realizado de los productos, procesos o procedimientos internos e instalaciones del Cliente, con indicación de las Incidencias encontradas y opcionalmente de las Medidas Correctoras

 

 

 

9.          Acceso a Medios Informáticos

 

  • El Cliente permitirá el acceso a sus Medios Informáticos por parte de Traza, siempre que tal acceso esté justificado a los efectos del Contrato y de una adecuada prestación de los

 

10.       Revisión de procedimientos o procesos e instalaciones

 

  • Cuando Traza deba revisar las instalaciones del Cliente o los procedimientos o procesos internos de éste, de cualquier clase que sean y con independencia del rango y número de empleados del Cliente implicados en los mismos, así como de su efectiva realización por terceros subcontratados por el Cliente, este último deberá informar a Traza y al personal de ésta, con una antelación mínima de 5 días a la fecha prevista para la revisión, de las precauciones que deben adoptarse por Traza y su personal, garantizando la seguridad de éste durante todo el proceso de revisión en las instalaciones del Cliente y siendo de su cuenta las medidas de seguridad necesarias a estos

 

  • En este sentido, el Cliente será responsable de cualesquiera daños o perjuicios, materiales o personales, que se produzcan al personal de Traza como consecuencia o a resultas de su acceso y estancia en las instalaciones del

 

 

 

11.       Toma de Muestras

 

  • Cuando para la prestación de los Servicios sea necesaria la toma de Muestras de Productos del Cliente, éste deberá atender los requerimientos de Traza en este sentido, y facilitarle la toma de las Muestras de Producto que ésta le solicite.

 

  • Las Muestras de Producto serán enviadas al laboratorio de Traza, donde serán examinadas por el personal de ésta allí Las referidas Muestras de Producto irán codificadas por lo que el personal de laboratorio desconocerá el origen de las mismas, guardándose de este modo la necesaria confidencialidad a este respecto.

 

  • En el traslado de las Muestras de Productos desde las instalaciones del Cliente hasta el laboratorio de Traza se observarán las medidas de seguridad y conservación necesarias para el correcto tratamiento de aquéllas. Si la Muestra de Producto obtenida del Cliente se pierde o perjudica por cualquier causa, de modo que deviene inútil para su análisis, Traza podrá exigir otra al Cliente, y éste deberá facilitarle la toma de la misma.

 

  • De cada Muestra de Producto se analizarán y estudiarán las características y parámetros definidos en el documento de Condiciones

 

  • Los resultados de los análisis que se hagan de las Muestras de Producto se incluirán en los Informes que se comuniquen al Tales resultados únicamente harán referencia a las Muestras de Producto examinadas, sin que puedan hacerse extensivos al resto de productos del Cliente, aunque sean de la misma especie y género que las Muestras de Producto examinadas. En este sentido, el Informe no constituye prueba ni establece la presunción de que los productos no examinados, aunque sean de la misma especie y género que las Muestras de Producto examinadas, tienen las mismas características que en el Informe se asignan a estas últimas, sin perjuicio de las conclusiones que puedan extraerse en caso de que la Muestra de Producto examinada se considere representativa.

 

 

 

12.       Formación en manipulación de alimentos

 

  • Traza podrá impartir cursos de formación a los trabajadores del Cliente relativos a las prácticas de higiene correctas que los referidos trabajadores deben observar en el desempeño de su puesto de No obstante, Traza no garantizará que los trabajadores adecúen su comportamiento y actuaciones a la formación recibida, ni se hará responsable de las malas o incorrectas prácticas de higiene de los empleados del Cliente que hayan asistido a los cursos de formación y hayan obtenido el certificado acreditativo de haber recibido la referida formación.

 

 

 

13.       Implantación de medidas correctoras exigidas por Autoridades Públicas

 

  • En caso de que una Autoridad Pública obligue al Cliente a la implantación de una o varias medidas correctoras, y siempre que así se lo solicite expresamente el Cliente, Traza podrá asesorarle sobre la implantación de tales En este sentido, Traza se limitará a expresar su opinión sobre el modo más adecuado de cumplir con los mandatos de la Autoridad Pública, sin que pueda presumirse por el Cliente que seguir el asesoramiento de Traza sea garantía de haber cumplido con los mandatos de la Autoridad Pública.

 

  • En cualquier caso, Traza no se responsabilizará de la falta de implantación por parte del Cliente de las referidas medidas correctoras, o de su incorrecta o tardía implantación, siendo de la exclusiva responsabilidad del Cliente el cumplimiento de los mandatos de la Autoridad Pública en este

 

14.       Seguros

 

  • El Cliente será el único y exclusivo responsable de los daños y perjuicios, de toda clase, directos e indirectos, personales o patrimoniales, que se causen a los bienes o equipos de Traza o de terceros y/o a los empleados de Traza o a terceros, como consecuencia de las acciones y/u omisiones por parte del Cliente o de sus empleados o contratistas, que, directa o indirectamente, repercutan en la prestación de los

 

  • En cualquier caso, el Cliente deberá mantener indemne a Traza de cuantas reclamaciones se interpongan ante ésta relativas a los daños y perjuicios referidos en la cláusula 1 anterior.

 

  • El Cliente deberá suscribir y/o mantener en vigor durante toda la duración del Contrato:

 

  • Un seguro de responsabilidad civil general que cubra los daños y perjuicios referidos en la cláusula 1 anterior.

 

  • Un seguro de responsabilidad civil patronal por accidentes del personal propio y de los contratistas o

 

  • Cualquier otro seguro de contratación obligatoria, por la Ley o por convenio

 

  • Todos los seguros referidos en las cláusulas 3.1, 14.3.2 y 14.3.3 (en adelante, los “Seguros Contratados”) deberán contratarse o estar contratados con aseguradoras de reconocida solvencia.

 

  • Los Seguros Contratados deberán cubrir las reclamaciones que se deriven de hecho acaecidos durante la vigencia del Contrato, y que se reclamen en los 5 años siguientes a la finalización del

 

  • El Cliente deberá entregar a Traza, a requerimiento de ésta, una copia de los Seguros Contratados, así como un certificado emitido por la aseguradora por cada uno de los Seguros Contratados, que recoja el periodo de vigencia, las coberturas contratadas, los límites y, en su caso, sublímites, así como que la prima está al corriente de

 

  • El Cliente deberá informar a Traza de cualquier incidencia que afecte a la vigencia y condiciones de los Seguros Contratados, y realizará las actuaciones necesarias para que tales incidencias se resuelvan a la mayor brevedad El Cliente será responsable de cualesquiera daños o perjuicios que se produzcan a Traza como consecuencia de tales incidencias.

 

  • Cualquier diferencia que surja entre el importe total de las indemnizaciones que deban satisfacerse por los conceptos señalados en la cláusula 1 anterior, y las cantidades que vayan a satisfacer las aseguradoras en virtud de los Seguros Contratados, ya sea por aplicación de franquicias, falta de cobertura o por cualquier otro motivo, serán soportados por el Cliente.

 

  • Los límites de cobertura de los Seguros Contratados no serán inferiores a las sumas que, en su caso, se indiquen en las Condiciones En su defecto, no serán inferiores a las cantidades que razonablemente exija Traza en función de las circunstancias concretas de la prestación de los Servicios, siendo en cualquier caso el mínimo aplicable en los seguros de responsabilidad civil general y patronal

 

  • Los Seguros Contratados deberán actuar como pólizas primarias y siempre en primera instancia frente a cualesquiera otros que pudieran resultar de aplicación.

 

  • El Cliente no podrá utilizar los Seguros Contratados como pretexto para eximirse de sus responsabilidades derivadas del Contrato, por el hecho de que disposiciones de los Seguros Contratados excluyan la aplicación de las mismas.

 

 

 

15.       Cesión y Subcontratación

 

  • El Contrato es personal entre las Partes y ninguna de ellas podrá ceder los derechos y obligaciones que de él se deriven sin el consentimiento previo, expreso y por escrito de la otra

 

  • No obstante, lo dispuesto en la cláusula 1 anterior, Traza podrá contratar y subcontratar todo o parte de los Servicios con un tercero, con independencia de las tareas concretas que se contraten o subcontraten y del lugar de prestación de los Servicios.

 

 

 

16.       Propiedad intelectual e industrial

 

  • Los derechos de propiedad intelectual e industrial de los que cada Parte sea titular antes de la entrada en vigor del Contrato o que adquiera con posterioridad a ésta, seguirán siendo de la exclusiva titularidad de la Parte en cuestión, sin que el desarrollo y ejecución del Contrato implique explícita o implícitamente la cesión a la otra Parte de alguno o algunos de tales derechos de propiedad intelectual o

 

  • El Cliente otorga el consentimiento a Traza para que publique en su página web el nombre y/o la marca del Cliente, con fines de imagen y de soporte de la política de

 

17.       No exclusividad

 

  • El Cliente conoce y acepta que Traza presta los Servicios en régimen de no

 

 

 

18.       Suspensión

 

  • En caso de (i) imposibilidad o extraordinaria dificultad, física, jurídica o económica, para la prestación de los Servicios, (ii) incumplimiento del Contrato por parte del Cliente o (iii) acaecimiento de Causa de Fuerza Mayor, Traza podrá suspender, total o parcialmente, la prestación de los Servicios, notificándolo así al Cliente, con indicación de la causa concreta de la suspensión y los motivos de la La suspensión será efectiva desde la fecha de su notificación al Cliente.

 

  • Si la suspensión se debiere al incumplimiento por el Cliente de alguna o algunas de las obligaciones que le incumben en virtud del Contrato, o a cualquier otra causa imputable al Cliente, Traza podrá exigir al Cliente la indemnización de los daños y perjuicios que se le ocasionen como consecuencia de la suspensión.

 

  • Si la suspensión se debiere a Causa de Fuerza Mayor o a cualquier otra causa no imputable al Cliente, ninguna Parte podrá exigir a la otra la indemnización de los daños y perjuicios que la suspensión le hubiera

 

  • En el caso de que, de acuerdo con lo dispuesto en las Condiciones Particulares, la prestación de los Servicios implique la realización por Traza de actuaciones distribuidas a lo largo de un periodo prolongado de tiempo, si la suspensión excediere de 1 mes, las Partes se reunirán lo más pronto posible a fin de acordar las actuaciones necesarias para, en su caso, reanudar la prestación de los

 

  • Traza notificará al Cliente la reanudación en la prestación de los Servicios, a fin de que éste realice las actuaciones necesarias a los efectos de una adecuada prestación de los

 

 

 

19.       Resolución

 

  • Serán causas de resolución del Contrato, sin perjuicio de otras previstas en la ley:

 

  • El mutuo acuerdo de las Partes;

 

  • La extinción de la personalidad jurídica o el cese de la actividad de una Parte; o

 

  • La persistencia de una Causa de Fuerza Mayor durante un período superior a 2 En este caso, cualquiera de las Partes podrá dar por resuelto el Contrato sin venir obligada a indemnizar a la otra por concepto alguno.

 

  • El incumplimiento de las obligaciones contractuales por una de las Partes, salvo que, debidamente notificado por la otra Parte el incumplimiento, la Parte incumplidora subsane el mismo en un plazo no superior a veinte (20) días, sin perjuicio de lo dispuesto en la cláusula 3 siguiente.

 

  • Resuelto el Contrato con motivo del incumplimiento por parte del Cliente de alguna o algunas de las obligaciones asumidas por el mismo en el Contrato, Traza deberá ser indemnizada por el Cliente, en concepto de cláusula penal, sin perjuicio de la indemnización por daños y perjuicios que corresponda, mediante el pago por parte del Cliente a Traza de una cantidad equivalente al precio de la prestación de los Servicios que venga determinado en las Condiciones

 

La cantidad que deba pagar el Cliente a Traza en virtud de lo dispuesto en esta cláusula deberá hacerse efectiva mediante transferencia bancaria efectuada a la cuenta referida en la cláusula 7.7 de estas Condiciones Generales, en el plazo de los cinco (5) días hábiles siguientes a la notificación por Traza al Cliente de la resolución del Contrato.

 

  • Las Partes no serán responsables del incumplimiento de alguna o algunas de las obligaciones establecidas en el Contrato en caso de que tal incumplimiento sea debido a una Causa de Fuerza Las Partes acuerdan expresamente que la Parte afectada por una Causa de Fuerza Mayor no deberá responder por los daños o perjuicios, personales o materiales, derivados de dicha situación, siempre y cuando la Parte afectada así lo notifique a la otra Parte por escrito e inmediatamente tras el acaecimiento del hecho en cuestión.

 

  • Resuelto el Contrato por cualquier causa, todos los derechos y obligaciones nacidos con anterioridad a la resolución del mismo serán liquidados y cumplidos por ambas Partes, sin perjuicio de los derechos y obligaciones que resulten de dicha resolución para las mismas, conforme a la ley o a lo dispuesto en el

 

 

 

20.       Protección de datos de carácter personal

 

  • Las Partes reconocen de manera expresa que por virtud de las relaciones que se materialicen con causa u origen en el Contrato, podrían tener que realizar tratamientos sobre Datos de Carácter Personal procedentes de ficheros bajo responsabilidad de la otra

 

  • A este respecto, las Partes se obligan a tratar de modo confidencial cualesquiera Datos de Carácter Personal que les sean proporcionados por la otra Parte o a los que tengan acceso de modo directo o indirecto con motivo del desarrollo y ejecución del Contrato o los tratos preliminares al En este sentido, las Partes se obligan a cumplir adecuadamente y en todo momento las disposiciones contenidas en la LOPD y en el RD 1720/2007, y en cualesquiera otras normas vigentes o que en el futuro puedan promulgarse sobre la materia.

 

  • En particular, y a los efectos de lo dispuesto en el artículo 12 de la LOPD, cada Parte será considerada a todos los efectos como encargado del tratamiento de los Datos de Carácter Personal titularidad de la otra Parte a que tenga acceso o que se le proporcionen en virtud del presente En consecuencia, la transmisión de Datos de Carácter Personal que una Parte realice en favor de la otra Parte, o a los que una Parte acceda directa o indirectamente, no tendrá en ningún caso la consideración de comunicación de Datos de Carácter Personal, en los términos previstos en el artículo 11 de la LOPD.

 

  • Las Partes serán responsables del cumplimiento de las obligaciones establecidas en esta Cláusula por parte de su personal y asesores, en su

 

  • Las Partes se comprometen a no aplicar ni utilizar los Datos de Carácter Personal con fin distinto al de la prestación de los Servicios, y a no comunicarlos, ni siquiera para su conservación, a En el caso de que alguna de las Partes tuviera que subcontratar a un tercero parte de la prestación de Servicios, y tal subcontratación comportara el tratamiento de Datos de Carácter Personal por dicho tercero, la referida Parte actuará en nombre y por cuenta de la otra Parte, para lo cual deberá ser autorizada expresamente por la misma.

 

  • Las Partes manifiestan que tienen implantadas las medidas de índole técnica y organizativas necesarias que garantizan la seguridad de los Datos de Carácter Personal, evitando su alteración, pérdida, tratamiento y/o acceso no autorizado, habida cuenta de la naturaleza de los Datos de Carácter Personal que trata y los riesgos a los que dichos datos puedan estar expuestos, todo ello de conformidad con lo dispuesto en la normativa sobre protección de datos de carácter

 

  • Una vez finalizada la prestación de los Servicios, los Datos de Carácter Personal procedentes de la otra Parte deberán ser destruidos o devueltos a ésta, con independencia del soporte o documento en el que No procederá la destrucción de los Datos de Carácter Personal cuando exista una previsión legal que exija su conservación, en cuyo caso deberá procederse a la devolución de los mismos garantizando el responsable del fichero dicha conservación.

 

  • Cada una de las Partes se obliga a mantener indemne a la otra Parte de cualesquiera daños o perjuicios, gastos y/o sanciones, que pudieran ocasionársele a ésta como consecuencia del incumplimiento o inobservancia por la otra Parte de sus obligaciones contempladas en la normativa sobre protección de datos de carácter personal, en relación con el presente Contrato, salvo que dicho incumplimiento tuviera origen o fuera consecuencia del previo incumplimiento de la otra

 

21.       Confidencialidad

 

  • Las Partes guardarán el debido secreto respecto de la Información Confidencial, en los términos previstos en esta cláusula.

 

  • En este sentido, las Partes se comprometen a no utilizar la Información Confidencial para ningún propósito distinto de la ejecución y desarrollo del Contrato, y, en particular, se comprometen a:

 

  • No revelar a ningún tercero la Información Confidencial, salvo a requerimiento de un tribunal o autoridad administrativa, y siempre que el incumplimiento del requerimiento pueda resultar en sanciones de cualquier

 

  • Restringir el acceso a la Información Confidencial a sus empleados, colaboradores o asesores externos que razonablemente pudieran necesitarla durante la ejecución y desarrollo del Contrato, informándoles de las restricciones relativas a la misma.

 

  • Cada una de las Partes asume la plena responsabilidad frente a la otra Parte de que sus empleados y colaboradores o asesores externos cumplan en su integridad las obligaciones establecidas en esta Cláusula y el resto del

 

  • Previo requerimiento de la Parte afectada por la Información Confidencial, la otra Parte se compromete a restituirle inmediatamente toda la Información Confidencial, o, en la medida en que sea técnicamente posible, a destruir inmediatamente toda la documentación (en cualquier soporte) que haya recibido o elaborado en relación con la Información Confidencial, y que refleje total o parcialmente ésta.

 

  • El deber de confidencialidad previsto en esta cláusula será de aplicación incluso en el supuesto de resolución del Contrato, durante un plazo de dos (2) años desde la fecha de efectos de la resolución.

 

22.       Duración

 

  • El presente Contrato entra en vigor en la fecha de su formalización y tendrá la duración determinada en las Condiciones

 

23.       Miscelánea

 

  • Acuerdo único. El presente Contrato sustituye a y deroga todos los restantes contratos o pactos con idéntico objeto, escritos o verbales, concluidos entre las Partes de forma previa a la suscripción del Contrato, los cuales dejarán de tener vigencia y efectividad desde el momento de suscripción del mismo.

 

  • Modificaciones. Carecerá de validez y eficacia cualquier modificación del Contrato que no se recoja por escrito y que no sea formalizada por las Partes en forma idéntica a la del

 

  • Inexistencia de renuncia.

 

  • La renuncia de una de las Partes a exigir el cumplimiento de alguna de las obligaciones previstas en el Contrato o a ejercer alguno de los derechos o acciones que le asisten en virtud del mismo:

 

  • no liberará a la otra Parte del cumplimiento íntegro de las restantes obligaciones contenidas en el Contrato; y

 

  • no se entenderá como una renuncia a exigir en un futuro el cumplimiento de cualquier obligación o a ejercer derechos o acciones previstos en el

 

  • La dispensa, aplazamiento o renuncia a alguno de los derechos contemplados en el Contrato, o a una parte de los mismos:

 

  • únicamente será vinculante si consta por escrito;

 

  • podrá quedar sujeta a las condiciones que el otorgante de dicha dispensa, aplazamiento o renuncia considere oportuno;

 

  • se limitará al caso concreto en el que se produjo; y

 

(i) no afectará a la exigibilidad en otros supuestos del derecho al que afecta ni a la exigibilidad de ningún otro derecho que exista en relación con las Partes.

 

  • Salvo que otra cosa se establezca en las Condiciones Particulares, cualesquiera notificaciones y comunicaciones que, por razón del mismo, deban realizarse entre las Partes, se entenderán efectuadas en su fecha de envío y deberán efectuarse a las personas y direcciones señaladas en las Condiciones Particulares, por escrito y por cualquier medio que permita dejar constancia de su envío, contenido y recepción. Será un medio válido a tal efecto el email.

 

  • Gastos y Tributos.

 

  • Cada Parte  correrá  con  los  costes  en  que  incurra  con  ocasión  de  la preparación, negociación y perfeccionamiento del

 

  • Los tributos que graven las transacciones previstas en el Contrato serán soportados por las Partes con arreglo a la

 

  • Ley aplicable. El Contrato se regirá conforme al derecho común español.

 

  • Fuero. Las Partes, con renuncia expresa a su fuero propio, someten cualquier controversia o litigio que pudiera surgir de la interpretación o ejecución del presente Contrato, incluso aquellas referidas a obligaciones no contractuales que surjan del mismo o estén relacionadas con él, a los juzgados y tribunales de la ciudad de