Estos son los 14 alérgenos de declaración obligatoria
Las alergias alimentarias son uno de los puntos clave de la seguridad dentro de la industria. Existen 14 alérgenos de declaración obligatoria que deben estar correctamente indicados en el etiquetado de los alimentos. Además, es fundamental que el personal que manipula estos productos esté bien formado y conozca cuáles son los alérgenos de obligada declaración.
En hostelería y en la industria de la alimentación, es necesario saber todo lo posible sobre alérgenos para evitar un problema de salud pública. La trazabilidad correcta y un buen etiquetado son indispensables para evitar reacciones alérgicas o un shock anafiláctico. Por ello, hoy te detallamos la lista de alérgenos y cómo deben ser declarados.
Para realizar una correcta declaración de alérgenos hay que seguir una serie de normas que se recogen en el Reglamento (UE) número 1169/2011, relativo a la información alimentaria.
Se declaran con una referencia clara e inequívoca al elemento alergénico. Este elemento se pone entre paréntesis y debe hacer referencia al alimento concreto. Por ejemplo, si el producto es tofu, entre paréntesis se debe indicar la palabra “soja”. Es decir, el etiquetado debe garantizar la protección del consumidor, que debe ser capaz de saber de manera indubitada los alérgenos que contiene el alimento en cuestión.
Aclarado este punto, te ofrecemos el listado de alérgenos de declaración obligatoria.
1. Cereales
Los cereales que contienen gluten son alérgenos de declaración obligatoria. Son el trigo, la cebada, la espelta, avena, kamut y todos sus derivados. También hay que incluir las variedades híbridas.
2. Huevo
El huevo y los productos a base de huevo deben aparecer en el etiquetado. Los vinos clarificados con huevo, aunque cada vez son menos, también deben reflejarlo en sus etiquetas.
3. Crustáceos
Los crustáceos y sus derivados deben declararse. Es preferible indicar el alimento exacto que lleva el producto en su composición. Es decir, si lleva gamba es mejor indicar “gamba” en la etiqueta en lugar de crustáceos.
4. Pescado
Los pescados y productos a base de pescado son de declaración obligatoria.
5. Cacahuetes
Los cacahuetes son las legumbres con mayor nivel alergénico. Es fundamental que se reflejen tanto los cacahuetes como sus productos derivados.
6. Soja
Son muchos los productos procesados que incluyen soja o derivados de la soja en su composición. Desde embutidos a platos precocinados deben indicar la presencia de soja o sus derivados en el packaging o etiqueta.
7. Leche
La alergia a la proteína de la leche es bastante común, principalmente en la población infantil. La leche y los derivados se encuentran en muchos alimentos.
La lactosa es de obligada declaración, ya que, aunque la alergia la provoca la proteína de la leche, la lactosa es un azúcar que produce intolerancia.
Al ser un conservante eficaz y barato, que además aporta buen color a la carne, es muy usada en la industria cárnica.
8. Apio
Esta verdura y sus derivados deben contemplarse en la lista de composición de todos los alimentos.
9. Frutos de cáscara
Los frutos secos son alimentos muy alergénicos que además provocan reacciones que pueden ser muy graves. Son alérgenos de declaración obligatoria las almendras, las nueces, los anacardos, las pacanas, las nueces de Brasil y sus derivados.
10. Sésamo
El sésamo y sus derivados también se han incluido en la lista de alérgenos principales. La Unión Europea fue pionera en esta declaración y en 2023 será obligatorio indicar la presencia de sésamo en Estados Unidos.
11. Moluscos
Los moluscos y sus derivados también son de obligada declaración y se consideran alérgenos principales. Al igual que con los crustáceos, es preferible indicar el alimento concreto. Por tanto, si el producto lleva almeja, se prefiere que aparezca esta palabra en lugar de la genérica “molusco”.
12. Mostaza
La mostaza, sus semillas y derivados son de declaración obligatoria.
13. Altramuces
Esta es otra de las legumbres que aparecen en el listado junto con sus derivados.
14. Sulfitos
Los sulfitos y el dióxido de azufre son alérgenos que deben declararse en una concentración de 10 miligramos por kilo o 10 mililitros por litro en términos de SO2. Esto se aplica a productos listos para el consumo o bien reconstituidos.
Las trazas
En ocasiones el producto alimenticio no contiene el alérgeno en su composición, pero sí se advierte de que puede contener trazas o bien que se elabora en una fábrica que utiliza los alérgenos de obligada declaración en otros de sus productos.
Estas trazas pueden provocar reacciones adversas y alérgicas, por lo que constituyen una valiosa información para el consumidor final. No es cierto que por consumir un poco de un alérgeno no pasa nada. Las consecuencias para la salud pueden ser graves.
Ya conoces los 14 alérgenos de declaración obligatoria. Es una información ya no solo obligada por ley, también es fundamental para cuidar la salud del consumidor, y un fallo en esta declaración supone la retirada de los lotes de productos afectados para evitar un problema de salud pública.
Vicente de Pablos es Licenciado y Doctor en Veterinaria y Licenciado en Ciencia y Tecnología de los Alimentos.
Profesional especializado en el ámbito de la Seguridad Alimentaria y la Salud Pública