Registro de productores de producto: qué es y cómo inscribirse
El pasado 29 de diciembre de 2022 se puso en funcionamiento el Registro de Productores de Producto, ajustado a la normativa sobre envases y residuos (Real Decreto 1055/2022). Con la nueva normativa, quienes fabriquen envases que vayan a utilizarse dentro del mercado español, o envasen productos, deben estar inscritos en este fichero.
Qué es el Registro de Productores de Producto
A fin de mejorar la seguridad y la gestión de los residuos, se ha puesto en marcha esta plataforma que busca aumentar la transparencia en cuanto a la información de los envases y su destino final una vez que han dejado de ser útiles.
Los envases generan una gran cantidad de residuos, y su abandono o gestión inadecuada puede causar daños al medioambiente. El objetivo de esta y otras normas que se están dictando en esta materia es asegurar que los residuos procedentes de envases se están gestionando correctamente, incluso que se apuesta por la reutilización.
El Registro de Productores de Producto y Envases es un fichero en el que tienen que estar inscritos los productores que ponen envases en el mercado español, sin importar si estos tienen un carácter doméstico, comercial o industrial, y también quienes llevan a cabo la labor de envasado.
La obligación afecta a todos aquellos que realicen o vengan realizando estas operaciones en el mercado nacional desde 2021.
Quién debe inscribirse en este registro
Según la normativa, se consideran productores de producto a los envasadores y agentes económicos que efectúen actividades de importación o adquisición, en otros Estados de la Unión Europea, de productos envasados para venderlos en el mercado español.
A estos efectos, se considera envases a productos que estén fabricados con materiales de cualquier naturaleza. Destinados a contener, proteger, distribuir, manipular o presentar todo tipo de mercancías, sin importar en qué fase de la cadena de suministro se empleen.
Es importante destacar que los envases desechables también se encuadran dentro de esta normativa si se utilizan con los fines que hemos señalado. Tienen la consideración de envasadores los agentes encargados del envasado de productos que después serán puestos en el mercado, y también los titulares de los comercios que suministren envases al consumidor final.
Qué información hay que incluir
En el Registro de Envases debe quedar constancia de las diferentes categorías de envases que se han puesto en el mercado, especificando si son domésticos, comerciales, industriales, de un solo uso o reutilizables. También se indicará el sistema de responsabilidad ampliada del productor al que este está adherido, aportando el certificado que justifica la pertenencia a dicho sistema.
En el momento de llevarse a cabo la inscripción, se concede un número de registro de productores de producto, que debe aparecer en todas las facturas y documentación comercial que acompañe a los productos objetos de anotación. Desde su puesta en el mercado hasta llegar a manos del usuario final, este número de registro se compone de nueve dígitos más el año de registro.
En caso de que se produzca un cese definitivo en la actividad, el productor o su representante autorizado tendrán que solicitar la baja en el Registro de Productores de Producto en el plazo de un mes, remitiendo el documento que acredite el cese de actividad de la empresa.
Además, quienes consten inscritos en este registro, deberán recopilar cada año natural la información relativa a sus envases y remitirla a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental del Ministerio de Transición Ecológica y Reto Demográfico, existiendo, para algunos supuestos concretos, un sistema de transmisión de información simplificada.
Plazos de inscripción
Tan importante como inscribirse en este registro cuando sea obligatorio, es remitir la información a tiempo.
Entre el 1 de mayo y el 31 de julio de 2023 estuvo abierto el plazo para remitir la información de la actividad del año 2021. Para la información de la actividad del año 2022, el plazo ha estado abierto desde el 1 de agosto hasta el 31 de octubre de 2023.
Si los obligados tienen que realizar alguna modificación de los datos de 2021, o presentar la declaración si no pudieron hacerla a tiempo, tienen un plazo extraordinario que va del 1 al 30 de noviembre de 2023, ambos incluidos.
Para las modificaciones de datos de 2022, o para presentar declaraciones de ese año que no pudieron presentarse a tiempo en su momento, el plazo extraordinario estará disponible del 1 al 31 de diciembre de 2023, ambos inclusive.
La inscripción en el Registro de Productores de Producto es una obligación ineludible para quienes cumplen los requisitos para formar parte del mismo. No inscribirse ni suministrar la información requerida puede dar lugar a una sanción. Por eso, es importante mantenerse al día sobre la normativa en esta materia.
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Vicente de Pablos es Licenciado y Doctor en Veterinaria y Licenciado en Ciencia y Tecnología de los Alimentos.
Profesional especializado en el ámbito de la Seguridad Alimentaria y la Salud Pública